segunda-feira, 21 de fevereiro de 2011

Delito e "classes perigosas" na Argentina.

Transcrevo abaixo parte de um artigo publicado na revista Katálysis. Vale a pena conferir!

Individualización y prevención social del delito en Argentina: la reactualización de las "clases peligrosas"

Emilio J. Ayos

Universidad de Buenos Aires (UBA)

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Resumen

El objetivo del artículo es presentar algunos avances de investigación en torno a lo que ha sido conceptualizado como procesos de individualización en la prevención "social" del delito, a partir de un trabajo que delimitó como su objeto de estudio las formas en las que se construyó la pobreza y el delito en la confluencia de los Programas Comunidades Vulnerables y de Empleo Comunitario. De esta manera, a partir de un enfoque metodológico cualitativo que combinó el análisis de documentos de gestión y de entrevistas en profundidad a sus agentes implementadores, el artículo describirá la tendencia hacia la construcción de dicha intervención como una intervención sobre la individualidad, produciendo un descentramiento del impacto en las condiciones de vida como operación preventiva de ilegalismos, e instando una particular vinculación entre lo delictivo y la pobreza, y en términos más generales, entre lo delictivo y las condiciones de vida.

Palabras claves: pobreza, delito, clases peligrosas, política social, política criminal.


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RESUMO
O objetivo deste artigo é apresentar alguns avanços da pesquisa em torno do que se conceitua como processos de individualização na prevenção "social" do delito, a partir de um trabalho que delimitou como seu objeto de estudo as formas em que se construiu a pobreza e o delito, na confluência dos Programas Comunidades Vulneráveis e de Emprego Comunitário. Desta maneira, a partir de um enfoque metodológico qualitativo, que combinou a análise de documentos de gestão e de entrevistas em profundidade a seus agentes implementadores, o artigo descreverá a tendência em direção à construção de tal intervenção sobre a individualidade, produzindo um descentramento do impacto nas condições de vida como operação preventiva da infração, e instando uma vinculação particular entre o delitivo e a pobreza, e, em termos mais gerais, entre o delitivo e as condições de vida.

Palavras-chave: pobreza, delito, classes perigosas, política social, política criminal.
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Introducción

Este artículo presenta algunos resultados de una investigación que se enfoca en los procesos de imbricación y solapamiento de las definiciones ligadas a las nociones de pobreza y delito y las estrategias de intervención asociadas a las mismas, en los campos de la política social y la política criminal argentina entre los años 2003 y 2008. Específicamente a partir de la confluencia de dos intervenciones estatales concretas: el Programa Comunidades Vulnerables (PCV) y el Programa de Empleo Comu-nitario (PEC). El PEC es creado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) en el año 2003, como cristalización de experiencias originadas en el interior del Programa de Emergencia Laboral (PEL) iniciado en 1999 y en el marco de la aparición del Plan Jefas y Jefes de Hogar Desocupados en el año 20021. En el contexto de la de- claración de la emergencia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria por parte del gobierno nacional, el MTEySS decide abrir la incorporación al PEL a sectores que quedaban por fuera de la delimitación de la población-objetivo del Plan Jefas y Jefes de Hogar Desocupados, especialmente los jóvenes. En ese sentido, se dispone un monto del beneficio similar al programa anterior, y como contraprestación la realización de actividades "comunitarias" de carácter mensual, para 300 mil beneficiarios. A partir de esta experiencia anterior dentro del PEL, nace en enero del 2003 el PEC, con el objetivo de "promover la participación de trabajadores desocupados en situación de vul- nerabilidad social en proyectos que mejoren su empleabilidad y faciliten su inserción laboral".

El PCV surge en el año 2001 como parte del naciente Plan Nacional de Prevención del Delito (PNPD) dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, incorporando y coordinando también programas locales anteriores (por ejemplo las experiencias de la Ciudad de Buenos Aires). Este se aplicó hasta el mes de abril de 2008 en diferentes puntos de la Ciudad de Buenos Aires, del Gran Buenos Aires, además de hacerlo en otras provincias. Su implementación fue "focalizada en barrios de alta vulnerabilidad social", abocada a dos ejes de acción interrelacionados: a) la prevención de la violencia social y b) la prevención del delito.

La formulación original del programa se orga-nizaba a partir de tres áreas: la jurídica, que disponía de orientación y derivación jurídica en materia penal y familiar; el área vincular, que preveía acciones para contrarrestar deficiencias en el funcionamiento de las relaciones vinculares originadas en las distintas situaciones de vulnerabilidad, como entre otras, actividades culturales, artísticas, recreativas y deportivas, talleres de prevención de la violencia y el uso indebido de drogas; y por último, el área de microemprendimientos, que intentaba estimular su organización, entendiéndolos como una forma de reducir las situaciones de "riesgo". La población "objetivo" fue construida en torno a la noción de "jóvenes en conflicto con la ley penal".

En cuanto a la relación entre los programas mencionados, hemos encontramos una vinculación empírica del PCV, desde su lanzamiento, con los planes asistenciales administrados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y específica-mente desde el año 2003, con el PEC; este punto marca nuestro recorte temporal. Y observamos que el otorgamiento de estos planes es un factor fundamental en las estrategias de prevención social del delito implementadas por el PCV, puesto que el beneficio correspondiente al PEC es el único que se distribuyó a la "población-objetivo" como retribución a las actividades que establece el programa.

Para completar esta introducción haremos referencia primero a la estrategia metodológica utilizada. Luego se hará una reconstrucción histórico-conceptual de nuestro problema general de investigación. Posteriormente presentarán los resultados en torno a lo que hemos conceptualizado como procesos de individualización que se expresan en la articulación del PCV y el PEC. Por último, concluiremos con unas reflexiones finales acerca de estos resultados presentados.



Metodología

Para la realización de los objetivos propuestos en la presente investigación se adoptó un enfoque metodológico cualitativo. Siguiendo los lineamientos y procedimientos propuestos por la teoría fundada en los datos (Grounded Theory) (GLASER; STRAUSS, 1967; SONEIRA, 2004), se seleccionaron para la realización del trabajo de campo la implementación de los Programas "Comunidades Vulnerables" y de "Empleo Comunitario" en dos municipios dentro del área metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires. La estrategia de investigación combinó el uso de fuentes primarias y secundarias. En cuanto a las primeras, se realizaron entrevistas abiertas fundamentalmente a tres grupos de individuos: a las autoridades nacionales de dichas intervenciones, las autoridades locales de los mismos, y los "operadores comunitarios".

En cuanto a las fuentes secundarias, se conformó un corpus con documentos provenientes de la Dirección Nacional de Política Criminal y del Ministerio de Trabajo, referido a los programas bajo estudio. Por último se expresa que el proyecto de investigación del cual surge el presente artículo fue evaluado satisfactoriamente en sus aspectos técnicos como éticos por el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, del cual soy Becario Doctoral. Así mismo, se deja constancia que fue solicitado el libre consentimiento de los sujetos entrevistados para esta investigación. Se ha asegurado la confidencialidad y privacidad de sus testimonios, garantizando la no utilización de informaciones en perjuicio de los que participaron de la investigación, y observándose las normas legales y éticas para las investigaciones que involucran seres humanos.

Cuestión social y clases peligrosas: pobreza, peligrosidad y delito

Las viejas poor laws isabelinas se caracterizaron por mantener una relación ambigua con la figura del "indigente válido". Castel (1997) las integra dentro de lo que conceptualiza como sistemas sociales-asistenciales, los cuales aparecen en Europa cuando comienzan a debilitarse las redes de integración primaria características de sociedades donde no se configura un ámbito diferenciado de "lo social"; estos sistemas implementaron lenta pero progresivamente prácticas especializadas de asistencia, con niveles crecientes de tecnificación en la intervención, y que estimulan formas de sociabilidad secundaria. Por otro lado, establecieron dos requisitos generales para la asistencia: el de pertenencia comunitaria y el de la "ineptitud para el trabajo". Pero si bien estos principios aparecieron con regularidad en la letra de las leyes, en la práctica, el segundo de ellos mostró una situación más compleja.

"La dañosa ambigüedad de la palabra pobre", cita Himmelfarb (1983) del Poor Law Report de 1834. La frase hace referencia crítica a la in- diferenciación propia de las Leyes de Pobres que imperaban en Inglaterra hasta el primer tercio del siglo 19, las cuales no hacían una distinción cabal - especialmente en su aplicación - entre el pobre "válido" y el incapacitado para el trabajo. Tanto las Leyes de Pobres de 1536 hasta 1601 y el estatuto de artífices de 1563, como la Ley de Asentamientos de 1662, que en conjunto Polanyi (1992) califica como un verdadero código laboral, configuraban una serie de instrumentos fundamentados en los principios del paternalismo y la regulación inherentes a las relaciones tradicionales de dependencia y vasallaje. Salvo excepcionales períodos donde se ampliaba la unidad administrativa, la parroquia era el agente encargado de la implementación de estas intervenciones, quedando bajo su cargo la distribución de la asistencia. Es en el marco de estas relaciones de proximidad comunal, atravesados por los principios de interdependencia tradicional, que los criterios de discriminación en torno a la capacidad de trabajo se vuelven laxos o débiles.

Ahora bien, un sistema de este tipo se corresponde con las relaciones sociales que se despliegan en estas economías precapitalistas, donde todavía no se ha conformado un mercado de trabajo a nivel nacional. Precisamente, en el momento en que la dinámica del desarrollo económico llegó a los albores de la Revolución Industrial, y un mercado de trabajo libre de las regulaciones tradicionales apareció como una necesidad, estos sistemas asistenciales se confor- maron como diques para el avance del capitalismo industrial. Los reformadores de 1834 interpretaron de esta manera a la ley de Speenhamland, con su reforzamiento de las relaciones paternales en las comunidades rurales, a partir del reconocimiento de un "derecho a vivir" y la condición del apego a la propia parroquia. Con la derogación de esta ley se abrirá una nueva historia en la vinculación entre políticas de asistencia y trabajo.

La nueva ley de pobres expresó las exigencias de un capitalismo industrial que ya tenía como horizonte el mercado mundial. En este sentido, se orientó hacia la creación de un mercado nacional de trabajo libre, y lo hizo en dos sentidos: por un lado con la erradicación de las ataduras sociales y territoriales - que fomentaban las leyes anteriores - imponiendo la libertad de circulación de los trabajadores; pero por otro lado y sumado a lo anterior, generando, desde una ahora sí clara distinción entre el pobre "valido" y el incapacitado, la necesidad del trabajo asalariado para aquellos pobres que "sólo poseen la fuerza de sus brazos". Es decir, un proceso tendiente hacia una creciente "mercantilización" de las relaciones laborales. Bajo el principio de "menos elegibilidad", estas nuevas leyes establecieron como único destino para los indigentes sanos el reformatorio, convertido en un espacio denigrante y estigmatizante; no se otorgaron más subsidios francos y la dirección del sistema fue nacional y diferenciada. Con esta transformación, según Polanyi (1992), se produce el nacimiento conjunto de la economía de mercado y de la clase trabajadora moderna.

Esta producción de una línea divisoria en el seno de lo que fue visto de manera retrospectiva como "ambigüedad" en la concepción de la pobreza, forma parte también de un proceso histórico amplio caro a nuestra modernidad: la creciente escisión entre las nociones de pobreza y trabajo. Si en las formaciones sociales preindustriales el trabajo y la pobreza se presentan como una entidad indiferenciada, en el sentido de ésta última como la condición de vida de las clases trabajadoras, con el creciente énfasis en la diferenciación entre pobre válido e inválido que se condensa en las nuevas leyes de pobres del siglo 19, el trabajo y la pobreza vivieron un proceso de separación que implicó no sólo una distinción, sino más bien una oposición (MORELL, 2002). Así, la pobreza del siglo 19, ese pauperismo de masas, se convertirá en "lo otro" del trabajo, como consecuencia del incumplimiento de la obligación del mismo y se construirá como pobreza "peligrosa": como condensación de todas las representaciones amenazantes sobre estos grupos pauperizados, generando intensos procesos de criminalización. En realidad, será el mismo proletariado de la ciudad sobre el que recaerá este cúmulo de representaciones asociadas a la peligrosidad durante el siglo 19, pero el hecho de que su trabajo no se encontrara inscripto dentro de un marco regulatorio que le otorgara reconocimiento social, abre la posibilidad a la serie clases laboriosas - clases peligrosas (CASTEL, 2004). El pauperismo será construido como amenaza y progresivamente como lo otro a la obligación al trabajo, pero a su vez producido sobre los cuerpos de los mismos trabajadores privados del reconocimiento social de su trabajo, construida sobre esa "miseria que trabaja" (CASTEL, 1997, p. 69).

Desde el final de siglo 19, pero fundamentalmente en la primera parte del siglo 20, progresivamente el trabajo se constituye como el soporte central del recono-cimiento social. Al insertarse gradualmente en una trama cada vez más densa de regu-lación, a partir de los diferentes arreglos institucionales que conformaron los llamados Estados de Bienestar, el tra-bajo asalariado se configura como el punto de referencia en donde se articulan toda una serie de derechos que otorgan una identidad, aquella que se funda en el recono-cimiento de la utilidad de lo hecho para otros mediante el trabajo. En este proceso, se desdibuja el binomio clases laboriosas/clases peligrosas, y el estatus del trabajo asalariado alcanza a construir verdaderas sociedades salariales (CASTEL, 2004).

Sin embargo, desde mediados de los años setenta y principios de los ochenta asistimos a un nuevo ciclo histórico en nuestras sociedades occidentales. En términos de Fitoussi y Rosanvallon (1996), lo sucedido puede entenderse como crisis de civilización y crisis de individuo; estas comprenden la crisis del Estado providencia como crisis de las instituciones que hacían funcionar el vínculo social y la solidaridad; la crisis del trabajo, a partir de fallas en las instituciones que regulan la relación entre la economía y la sociedad; y por último, ligada a los modos de constitución de identidades individuales y colectivas, una crisis del sujeto. Se debilita fuertemente la condición salarial, no solo en términos del tipo de relación en el mercado de trabajo, sino también abarcando todo el conjunto de bienes y servicios que Castel (2004) agrupó como de propiedad colectiva, con los cuales se conformaba la ciudadanía social que caracterizaba a los estados de bienestar; esto por supuesto implica una redefinición radical de los roles y las capacidades del Estado. Desatada esta dinámica, se observan profundos procesos de heterogeneización de sectores fuertemente integrados en el pasado, a partir de una desafiliación de numerosos individuos que no encuentran fácilmente formas de regenerar lazos de sociabilidad. Situación que ha sido numerosas veces calificada como de "crisis de cohesión".

En el contexto de dichas transformaciones es en el que Castel (2004) introduce la noción del retorno de las clases peligrosas. Consideramos que en esta nueva situación se reactualiza como nueva cons-trucción político cultural, la serie pobreza, peligrosidad y delito. Este retorno de las clases peligrosas como noción que en nuestras sociedades articula dichas tres dimensiones, es un elemento de profunda relevancia para analizar los procesos ligados a la construcción de inter-venciones estatales sobre la "nueva cuestión social". Así, desde mediados de los años 1970, y con mayor fuerza du-rante los años 1980, comienza a cristalizarse una intensa reorientación de las lógicas estatales de intervención. Este proceso tiene una clara expresión tanto en el campo de la política social como en el ámbito de la política criminal. Las políticas sociales, como instancia estatal de constitución de la cuestión social, reflejaron este cambio en el reposicionamiento de las estrategias asistenciales, tanto en una mayor presencia de las mismas dentro del campo de la política social, como en la mutación de las concepciones generales que lo organizaron. Proceso que se conjugó con una centralización de la noción de pobreza (GRASSI; HINTZE; NEUFELD, 1994, GRASSI, 2003; DANANI, 1999, ALVAREZ LEGUIZAMÓN, 2005). En cuanto a la política criminal, en esos años se observa una verdadera crisis de las estructuras institucionales que se habían consolidado durante todo el siglo 20 en este campo. La desarticulación del complejo penal-welfare (GARLAND, 2005) tuvo una de sus expresiones fundamentales en la aparición de la noción de nueva prevención: la proliferación de formas de prevención del delito que desbordan las intervenciones exclusivamente penales (BARATTA, 1997; SOZZO, 2000).

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